dijous, 14 de febrer del 2013

Proceso a Enric Duran en castellano


Enric Duran pide la suspensión de su juicio, previsto el próximo 12 de febrero 

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Barcelona, 7 de febrero de 2013

Ante la indefensión que conlleva no haber sido informado hasta hace tres semanas, Enric Duran pide la suspensión de su juicio.

Enric Duran ha pedido esta mañana, la suspensión de su juicio penal por diferencias con su abogado. Asimismo, la falta de tiempo para preparar la campaña de concienciación vinculada al evento, lo ha motivado a tomar esta decisión.

Duran ha sido informado de las fechas del juicio sólo tres semanas antes de que se haya de celebrar y hasta que no las recogió personalmente en los juzgados no había recibido el acta de respuesta a las pruebas presentadas, que habían sido publicadas más de tres meses antes, con lo cual no podía saber que el proceso judicial ha estado siguiendo su curso. Este hecho ha provocado que la situación desemboque en un clima de indefensión y de legalidad más que dudosa, por lo que Enric Duran ha pedido la revocación de su abogado.

Ninguna persona puede preparar su juicio sin tener la información de las diligencias previas y el abogado de Enric Duran informarle de que tendría la convocatoria con tres meses de avanzada. Esto no ha ocurrido. Esta indefensión ha sido una de las razones principales que ha llevado a Duran a revocar la confianza al abogado y pedir la suspensión del juicio. El propio abogado también ha renunciado y esta mañana se han trasladado ambas peticiones a la Audiencia Provincial de Barcelona.

Ahora Enric Duran tiene cuatro días para encontrar otro abogado, ya que el juicio está previsto que se inicie el próximo martes 12 de febrero. Con tan poco tiempo «es muy difícil que se pueda llevar a cabo la campaña de concienciación social por el juicio tal como se había pensado», ha denunciado Duran.

Las circunstancias han hecho que el tribunal que debe juzgar a Enric Duran, la sección segunda de la Audiencia, sea el mismo que había de juzgar el caso Pallerols sobre financiación irregular de un partido político, que no se llegó a juzgar nunca porque la fiscalía y los acusados ​​llegaron a un acuerdo.

El juicio contra la banca llega en un momento especialmente convulso en el que tanto la clase política como la bancaria han dejado patente que el sistema no funciona.

Mientras la legitimidad de diversas instituciones del estado y de la banca es cada vez más cercana a 0, mientras cientos de cargos políticos y bancarios son imputados y la gran mayoría van saliendo airosos, la fiscalía y 14 entidades bancarias continúan adelante con una petición de 8 años de prisión para Enric Duran.

Enric Duran hizo público en septiembre del año 2008 que había pedido varios créditos a 39 entidades bancarias y consiguió 492.000 euros que nunca ha devuelto ni piensa devolver. Su intención ha quedado ratificada por los hechos. Se ha demostrado que los bancos nos roban y condenan a la miseria a millones de personas, que la especulación y la avaricia dominan la sociedad, que el consumismo guía las vidas de la mayoría y todo gracias a la banca.

Enric Duran participa en la construcción de otra forma de vivir y quiere explicarla. La convocatoria de este juicio es una oportunidad para hacer visible la contraposición entre las instituciones corrompidas que están perdiendo sentido y las otras sociedades que la dignidad de los de abajo está haciendo realidad. Con esta voluntad divulgativa, hoy Enric ha puesto en marcha su nuevo blog en www.enricduran.cat que explica con detalle el proceso que le llevó a la acción de expropiación bancaria y el movimiento de construcción, ahora con más fuerza que nunca, de otra sociedad.

El derecho a la defensa motiva legalmente el aplazamiento del juicio y el derecho a la información de la ciudadanía es una motivación política de fondo.

+ información:
www.enricdurant.cat
comunicacio@enricduran.cat


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La Audiencia de Barcelona rechaza la suspensión del juicio a Enric Duran, que se celebrará el martes 12 de febrero 


En una decisión inesperada, el tribunal rechaza también la renuncia presentada por el abogado defensor

Enric Duran no acepta esta decisión judicial y sigue reclamando la suspensión de su juicio. El lunes espera poder presentar a un nuevo abogado ante el tribunal puesto que no mantiene la confianza en el que ha llevado el proceso hasta el momento.

El pasado jueves, Enric Duran presentaba una petición en la Sección segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona para la suspensión de su juicio penal por diferencias con su abogado. La falta de tiempo para preparar la campaña de concienciación vinculada al juicio lo motivó a tomar esta decisión.

Duran había sido informado de las fechas del juicio sólo tres semanas antes de que se hubiera de celebrar, pese a que fueron publicadas el 15 de octubre. Tampoco había recibido el acta de respuesta a las pruebas que se habían presentado pese a que había sido publicada el 4 de octubre pasado, lo que implica que el proceso judicial había seguido su curso sin él saberlo.

El abogado revocado por Enric, le ha informado que fue un trabajador de su despacho el responsable de enviarle esos autos y que no puede comprobar si fueron enviados puesto que tal persona ya no trabaja alli y no hay copia guardada de esos envios. Lo que es un hecho es que ninguna informacion ni oral, ni escrita de este proceso judicial llego al acusado entre el primero de octubre y este reciente 23 de enero,

Los hechos desembocaron en un clima de indefensión y de legalidad más que dudosa, por lo que Enric Duran pidió la revocación de su abogado.

El acusado va a explicar con mas detalle estas circunstancias en el escrito del lunes puesto que la respuesta de la audiencia, argumenta que las razones presentadas no eran lo bastante detalladas. 


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Enric Duran presentó ayer un nuevo escrito a la Audiencia Provincial argumentando en detalle por qué debe suspenderse el juicio 

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Considera que se encuentra en una situación de “desamparo legal” que solo se puede resolver suspendiendo el juicio. 

Escrito íntegro a la Audiencia Provincial de lunes 11 de febrero 

Audiencia Provincial de Barcelona
Sección Segunda
3. de Instrucción n° 29 de Barcelona.
D.P. n° 4470/08
Rollo de Sala n° 65/12-C

Tras haber recibido la respuesta de su tribunal, este viernes 8 de febrero, a la solicitud presentada por mi parte el pasado jueves, quisiera insistir en mi petición de suspensión y ampliar las argumentaciones que justifican dicha petición. Por ello procedo a explicarles con todo detalle la razón principal de mis desavenencias y pérdida de confianza en mi abogado defensor.

El hecho principal sucede el pasado 23 de enero, cuando después de recibir un aviso del juzgado de Vilanova y la Geltrú, para recoger un auto informativo de la Audiencia provincial, me dirijo directamente a su sede en el Passeig Lluis Companys de Barcelona y le pido a una trabajadora de la Sección Segunda, la documentación que se me quería entregar. Esta persona amablemente me hace entrega de una hoja de una página donde consta la convocatoria del juicio para el 12, 13 y 14 de febrero. En ese preciso momento le manifiesto mi sorpresa puesto que no era conocedor antes de esa información. Asimismo le pido si tiene otra documentación que pueda ser de mi interés, ante lo que otra vez amablemente me hace unas fotocopias de un auto del 4 de octubre, el cual respondía a las presentaciones de pruebas testificales presentadas por la defensa. Le manifiesto otra vez mi sorpresa porque no tenía previamente ninguna de esas informaciones procesales, ante lo cual ella misma me manifesta que comparte esa sorpresa y me insta a preguntar a mi abogado por lo ocurrido.

Ante mis preguntas, dicho abogado no ha podido confirmarme ni demostrarme dichos envíos y solo ha sabido decirme que el encargado de tramitarme esos envíos era un trabajador de su despacho que ya no trabaja ahí y que no tiene medio para corroborar si esa información fue enviada puesto que no puede acceder a la carpeta de correos enviados de dicho ex-trabajador. Tampoco ha sabido explicarme por qué no me escribió de su mano ningún mensaje, ni realizó ninguna llamada entre el primero de octubre del 2012 y el 22 de enero del 2013, para citarme o hablar de ello, cuando el tiempo para preparar el juicio se iba agotando.

Solo fue el propio 23 de enero, cuando yo me había comunicado con él para entender lo ocurrido, cuando me comentó por escrito que quedáramos para preparar el juicio. Fue entonces cuando empecé a plantearme de forma seria revocar a dicho abogado puesto que ese vacío informativo no me permite seguir confiando en él.

Entre el 23 de enero y el 6 de febrero, fueron dos semanas de tiempo que dediqué a informarme de mis derechos en cuanto a la defensa, a consultar su opinión a otros abogados y fue a raíz de entonces que decidí revocarlo y pedir la suspensión del juicio, dado que sé fehacientemente que se ha vulnerado mi derecho a la defensa por la falta de información que se ha producido.

Finalmente, por sugerencia del propio abogado, acepté que al mismo tiempo que yo, él presentara también su renuncia para reforzar ese separación que se ha producido. Soy conocedor, tras estos días de lecturas, que podría denunciar a mi abogado por el daño sufrido a mi defensa, pero entiendo que ese sería un proceso distinto al mío, que sería lento, que no sería fácil demostrar de quién es la responsabilidad y que no reportaría ningún beneficio a mi causa, cuando el daño ya está hecho. Además, no es mi voluntad el resolver mis daños a través de los tribunales. Por ello he decidido centrarme en que el daño recibido a mi derecho de defensa se repare con la suspensión del juicio y su nueva asignación a unas fechas que me den como mínimo los 3 o 4 meses de tiempo de preparación con los que hubiera contado si la información sobre las fechas del juicio me hubiera llegado a su debido tiempo. Ustedes pueden creer y argumentar, como expresa el auto publicado este 8 de febrero, que todo lo expuesto es una estratagema para realizar un fraude de ley con el único motivo de que se suspenda el juicio. Pero lo cierto es que todo lo expuesto responde a la verdad y que todo mi entorno personal, familiar y social puede dar fe de que a nadie de ellos informé de la fecha de mi juicio antes del 23 de enero, por ser desconocedor de ello.

Los testigos denegados pueden dar fe de que a ninguno informé de ese hecho con antelación a finales de enero, y por tanto considero como un hecho claramente demostrable que se ha producido la vulneración de derecho a mi defensa, por vulneración de mi derecho a estar informado a tiempo de mi proceso judicial.

Por todo ello, insisto en solicitar que se suspenda el juicio de mañana dado que no me puedo sentir defendido por mi actual abogado y necesito más tiempo para nombrar a otra defensa y que esta pueda prepararse el juicio. Entiendo que esta solicitud ha de ser aceptada pues en caso contrario se vulneraran gravemente mis derechos fundamentales.

Atentamente
Enric Duran Giralt
lunes 11 de febrero del 2013. 


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La desobediencia, la única opción para garantizar que se respeten mis derechos hoy 


Comunicado de Enric Duran

Ante un juicio que podría convertirse en una farsa 

La desobediencia, la única opción para garantizar que se respeten mis derechos hoy

Los tres jueces que componen el tribunal de la sección segunda de la Audiencia Provincial han decidido que no se puede suspender el juicio oral que tiene programado su inicio para hoy martes por la mañana.

No les ha parecido suficiente razón para suspender el juicio el hecho de no tener una nueva defensa después de que haya perdido la confianza en mi abogado por no haber sabido la fecha de juicio con los 4 meses de antelación que fue convocado, sino con sólo tres semanas.

Aunque el derecho a la defensa es un derecho fundamental reconocido por todas las constituciones y tratados internacionales, prefieren considerar que es un fraude procesal el querer cambiar de abogado con tan poca antelación después de tantos años esperando el lento proceso judicial, cuando, como es evidente, es a partir del hecho de que conozco la falta de información mencionada, que se ha generado la indefensión en que me he encontrado.

De cualquier manera, quizás esta decisión no tendría que sorprender porque, según el auto del 4 de octubre al que no pude acceder hasta hace menos de tres semanas, la aceptación y la revocación de testigos ha ido de la siguiente manera:

- testigos de la acusación, aceptados 15 de 15.
- testigos de la defensa, aceptados 0 de 23.

Según se puede ver en este auto, los argumentos para justificar esta desproporcionada decisión son escasos. Citaré un párrafo, del propio tribunal, porque pienso que el texto habla por sí mismo

«Procede denegar la totalidad de las testificales propuesta bajo números 1 al 23 por la defensa del acusado Sr. Duran Giralt ya que las mísmas ninguna relación tienen con los concretos hechos indiciariamente delictivos atribuidos al mismo. De entrada debe decirse algo que por obvio no habría ni que mencionarlo. Lo que constituye objeto de enjuiciamiento son unas presuntas falsedades documentales como medio para cometer unas presuntas estafas a diversas entidades bancarias por parte de D. Enrique Duran Giralt, así como un delito de insolvencia punible atribuido al mismo. No se juzga conducta alguna atribuida a entidades bancarias, de forma que todos los testigos propuestos con el fin de acreditar lo que la defensa califica de prácticas bancarias abusivas son impertinentes e innecesarias.»

Bajo la misma pauta son denegados todos y cada uno de los testigos, repitiendo en textos de una o dos líneas, la máxima «ya que las mismas ninguna relación tienen con los concretos hechos».

Y con esta acción, es el propio tribunal quien está vulnerando mi derecho a la defensa. Y lo hace porque contradice tratados internacionales firmados por el Estado español como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que dice en su artículo 14. 3. e:

Toda persona acusada de un delito tiene, durante el proceso, en plena igualdad, la garantía de interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo.

Pero, sobre todo, vulneran mi derecho de defensa porque están prejuzgándome cuando no dejan que la argumentación presentada en el escrito de la defensa se pueda corroborar a través de los varios testigos que habían sido escogidos por sus conocimientos y experiencia, y que podían demostrar que mi decisión, para realizar la acción de reapropiación de dinero de los bancos, fue motivada por un estado de necesidad. Un estado de necesidad que provenía del hecho de conocer información fehaciente que ya en el año 2005 el crédito bancario sin control terminaría en una gran crisis económica que se cebaría en contra de los derechos sociales de la mayoría de la población.

El estado de necesidad es un eximente penal de primer orden y todo el escrito de la defensa gira en torno a demostrar que existía esta situación de exención penal, tal como queda expresado entre otros en el artículo cuarto del escrito:

Cuarta. – Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Subsidiariamente, y por el negado supuesto de que se pudiera considerar que la actuación de Enric Duran cumple algún tipo penales del que se le acusa, concurriría el eximente completo del artículo 20.5 del Código Penal en concurrir, como se ha relatado a la conclusión primera, todos sus requisitos.

Está recogido en el artículo siguiente:

Están exentos de responsabilidad criminal:
5. Quién, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno, lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:
1. Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar.
2. Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto.
3. Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, la obligación de sacrificarse.

Me parece que a estas alturas es bastante obvio a la luz de los hechos acaecidos estos años, que el mal que se trataba de evitar era tan y tan grande que cualquier acción era poca para poder hacer algo. Tan grande, que el estado de necesidad es por lo menos un argumento a considerar en lugar de despreciarlo y ignorarlo antes de comenzar el juicio, como ha hecho este tribunal.

Un tribunal que me quiere llevar a un juicio penal en el que me pueden sentenciar a 8 años de prisión, sin haberme enterado de la fecha en tiempo debido, sin abogado de confianza, sin testigos y por tanto sin forma de poder justificar el estado de necesidad como forma de exención de prisión, ¿qué pretende hacer?

Ante todo esto, creo que la situación que se podría dar en este juicio, sólo tiene un nombre y es el de farsa judicial.

Según la Wikipedia (http://es.wikipedia.org/wiki/Farsa_judicial):

Farsa judicial es una expresión utilizada para referirse a la situación en que, para disimular la intención de condenar a una persona en particular que resulta especialmente molesta para el poder establecido, y conferirle a dicha maniobra una apariencia de legalidad, se la somete a un juicio fraudulento, cuyo resultado final es previsible, y en el cual no se le confiere a la persona contra la que se entabla ninguna de las garantías propias de un debido proceso que le permitan obtener acceso a la justicia.

Así pues, ante un tribunal que por pasiva y por activa, me ha demostrado que está dispuesto a pasar por encima de mis derechos fundamentales, ¿qué debería hacer yo? ¿Tendría que presentar y confiar en que una vez en la sala aceptarán mis solicitudes que antes no han sido aceptadas? ¿Y que podría hacer si no fuera así? ¿Reclamarlo en el tribunal constitucional? ¿Y cuando tardaría en responder? Y, mientras tanto, ¿hasta donde nos llevaría la impunidad judicial?

Entendiendo que si participo en el juicio de hoy puedo ser afectado de una acción judicial ilegítima y quizás incluso delictiva, concluyo que la mejor decisión que puedo tomar es no presentarme y hacer valer así, desde la desobediencia civil, el respeto a mis derechos fundamentales.

En mi ausencia y sin la capacidad de ejercer directamente su coerción contra mi, el tribunal tendrá esta mañana su última oportunidad de rectificar y aceptar la suspensión del juicio en base a mis derechos o criminalizar mi decisión y protagonizar una nueva huida adelante.

Enric Duran Giralt
12/02/2013 

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...y según la wikipedia también, no puedo por menos de pensar que este proceso a "Enric Duran", aparte de las obvias vertientes directamente kafkianas que está adquiriendo el tema, no es sino el "Caso Dreyfus" del siglo XXI en cuanto a símbolo moderno y universal de la Iniquidad en nombre de la razón de Estado. 


saludos, salud y solidaridad
ET & forrest gump. 
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